En corto: la Ley Federal del Trabajo ya obliga a registrar la jornada de forma electrónica (artículo 132, fracción XXXIV), pero deja a la STPS decidir a quién aplica y con qué excepciones. Esas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2027 y, al 4 de octubre de 2026, todavía no se habían publicado. La STPS ha dicho que la implantación será paulatina y que empezará por las empresas grandes y medianas, así que hoy nadie puede asegurarte si tu pyme estará obligada en enero. Lo que sí es seguro: ese día la jornada máxima baja a 46 horas para todos y, en un juicio, probar la jornada sigue siendo cosa tuya.
Si tienes un negocio de 8, 15 o 30 personas, es fácil que hayas leído que "el 1 de enero es obligatorio el reloj checador". Unos lo dicen para venderte un equipo y otros lo repiten porque lo leyeron en otro sitio. La realidad tiene más matices y, para una pyme, es bastante más útil conocerla bien.
Aquí va lo que dice la ley, lo que ha dicho en público la Secretaría del Trabajo y lo que puedes hacer este trimestre sin gastar de más.
Lo que dice la ley, palabra por palabra
La obligación la añadió el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026, el de la reducción de la jornada. La fracción XXXIV del artículo 132 dice que el patrón debe:
«Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.»
Justo debajo vienen dos párrafos que casi nadie cita y que lo cambian todo:
- «La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen el ámbito de aplicación y excepción a la obligación establecida en el párrafo que antecede.»
- «El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora.»
El primero significa que la ley no dice a quién obliga: lo dirá la STPS. Y el transitorio Quinto del decreto fija cuándo: «Las disposiciones de carácter general a que se refiere la fracción XXXIV del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027.» Del segundo párrafo hablamos más abajo, porque es una buena noticia para el patrón.
La multa está en la fracción IV Bis del artículo 994: de 250 a 5,000 UMA «a la persona empleadora obligada que incumpla». Con la UMA de 2026, de 117.31 pesos diarios, son de 29,327.50 a 586,550 pesos. Fíjate en la palabra obligada: la multa es para quien esté dentro del ámbito que fije la STPS.
Lo que ha dicho la STPS
El 28 de mayo de 2026, en entrevista con El Economista, Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, explicó cómo piensan aplicarlo. Estas son sus frases textuales:
- Sobre quién va primero: «los lineamientos del registro electrónico se irán normando en los próximos cuatro años, privilegiando primero a las grandes y medianas empresas».
- Sobre la tecnología: «La autoridad no se va a meter en ningún tipo de especificación ni de formato, ni en cuantos campos».
- Sobre las inspecciones: «los operativos de inspección se hacen al final, cuando han pasado los plazos, cuando ya se han cumplido las fases de transición».
- Sobre cómo revisarán el tiempo extra: «si tenemos acceso a los sistemas de control del tiempo y además tenemos acceso a los timbrados de pago de nóminas y de horas, podemos hacer un cruce sencillo para ver si se miden bien, si se trabajan y si se pagan».
En la misma entrevista se informó de que la STPS preveía tener las disposiciones listas "para este otoño", que todavía se estaban evaluando las excepciones y que es posible que algunos centros de trabajo queden exceptuados total o parcialmente, o solo en alguna etapa de la implementación.
Según El Economista, hasta el 15 de septiembre de 2026 las disposiciones no se habían publicado. El 4 de octubre la prensa seguía informando de que la STPS "alista" su publicación.
Ojo con esto: son declaraciones a la prensa, no reglas. Lo que obliga es lo que se publique en el Diario Oficial de la Federación, y puede no coincidir al cien por ciento con lo que se ha dicho. En cuanto salgan las disposiciones, actualizaremos este artículo.
Entonces, ¿le toca a tu pyme en enero?
La respuesta honesta es que todavía no se sabe. Hay dos escenarios posibles y los dos dependen de un documento que aún no existe:
- Que las disposiciones incluyan a tu empresa desde el 1 de enero. Entonces estarías obligado desde ese día y te aplicaría la multa del artículo 994.
- Que te den un plazo. Si se cumple lo que adelantó la STPS, las empresas grandes y medianas irían primero y el resto tendría más margen, de meses o de años según lo que se fije.
La STPS tampoco ha dicho qué criterio usará para clasificar a las empresas por tamaño. Desconfía de quien hoy te dé una cifra exacta de trabajadores a partir de la cual "ya te toca".
Y desconfía también de las listas de requisitos que "vienen": biometría obligatoria, geolocalización, equipos homologados. Son opiniones de especialistas o argumentos de venta. Lo único que ha dicho la STPS en público va en sentido contrario: que no fijará especificaciones técnicas. Lo explicamos en qué reloj checador cumple con la ley en 2027.
Lo que sí cambia el 1 de enero, seas del tamaño que seas
Aunque el registro electrónico te llegue más tarde, el decreto del 1 de mayo de 2026 trae cambios que no dependen de la STPS ni del tamaño de tu empresa:
- La jornada máxima baja a 46 horas semanales el 1 de enero de 2027 y seguirá bajando hasta 40 en 2030. El transitorio Séptimo dice que esa reducción no puede implicar «la disminución de sueldos, salarios o prestaciones». Tienes el calendario completo en jornada de 40 horas.
- El tiempo extraordinario tiene tope semanal: 9 horas en 2027, repartidas en hasta cuatro horas diarias y en un máximo de cuatro días. Lo que pase del tope se paga al triple. Si alguien no puede o no quiere quedarse, lo tienes en qué puedes exigirle a tu equipo.
- Probar la jornada sigue siendo cosa tuya. El artículo 784 pone en el patrón la carga de probar la jornada de trabajo y las faltas de asistencia, el 804 le obliga a conservar los controles de asistencia cuando se lleven en el centro de trabajo y el 805 presume ciertos los hechos del trabajador si no los presentas. Esto aplica hoy, con registro electrónico o sin él, y lo desarrollamos en qué pasa en un juicio sin control de asistencia.
El párrafo que casi nadie lee: la prueba plena
Vuelve a leer la última frase del artículo 132 reformado: «El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y empleadora».
Traducido: si demuestras que tu equipo aceptó el registro, ese registro vale como prueba completa de la jornada. Para un patrón que ya carga con la prueba en un juicio, esto es una herramienta, no una carga.
La ley no dice cómo se acredita ese acuerdo, y es probable que las disposiciones de la STPS lo concreten. Mientras tanto, lo prudente es dejar constancia por escrito de que cada persona conoce el sistema y está de acuerdo con él, tener un procedimiento claro para corregir errores y que cada corrección deje rastro. Es nuestra lectura, no una regla publicada.
Por qué no conviene esperar a las reglas
- Acostumbrar a un equipo a checar lleva semanas. Mejor que los olvidos y los ajustes pasen ahora, cuando todavía no cuentan.
- Las 46 horas llegan en enero para todos. Sin medir la jornada real no sabes si ya cumples o si tienes que mover horarios.
- La STPS quiere cruzar datos. Su idea es comparar el control del tiempo con la nómina timbrada para ver si el tiempo extra se mide y se paga. Ese cruce es más fácil de aguantar si tus números ya cuadran.
- No hace falta esperar a ninguna certificación. No existe un equipo "aprobado por la STPS", y la STPS ha dicho que no impondrá ninguna tecnología.
Qué hacer antes de diciembre
- Mide dos semanas de jornada real. Entrada, salida y tiempo extra de cada persona, tal como ocurren.
- Ajusta los horarios a 46 horas antes del 1 de enero, sin tocar los salarios. El generador de rol de turnos te ayuda a cuadrarlo.
- Define cómo se pide y se autoriza el tiempo extra. Quién lo pide, quién lo aprueba y cómo queda registrado.
- Elige un sistema electrónico y acuérdalo por escrito con tu equipo. Por lo que dice el artículo 132 sobre la prueba plena.
- Revisa las disposiciones el día que se publiquen. Lo contaremos aquí y en el checklist de la reforma laboral 2027.
Lo que ya se sabe y lo que no
| Ya es seguro | Todavía no se sabe |
|---|---|
| La obligación está en la ley desde el 1 de mayo de 2026 (art. 132 fr. XXXIV) | A qué empresas aplica desde el 1 de enero de 2027 |
| Las disposiciones de la STPS entran en vigor el 1 de enero de 2027 | La fecha en que se publicarán |
| Multa de 250 a 5,000 UMA para el patrón obligado que no cumpla (art. 994 fr. IV Bis) | Con qué criterio se medirá el tamaño de la empresa |
| Jornada máxima de 46 horas en 2027, sin bajar salarios | Qué excepciones habrá y en qué etapas |
| Tope de 9 horas extra a la semana en 2027 | Cómo se acreditará que el registro fue acordado |
| La carga de probar la jornada en un juicio es del patrón (arts. 784, 804 y 805) | Si habrá requisitos técnicos mínimos (la STPS dijo que no) |
Cómo lo resolvemos en CheckInGO
Te lo contamos porque es a lo que nos dedicamos. Con CheckInGO tu equipo checa la entrada y la salida desde el celular, una tablet o la computadora, sin reloj checador. El tiempo extra se calcula solo, cada corrección manual queda registrada con quién la hizo, cuándo y qué dato cambió, y sacas los reportes en PDF cuando los necesites. Cuesta $350 MXN al mes hasta 10 colaboradores y $40 MXN por cada colaborador activo adicional, con 7 días gratis y sin plazo forzoso. No te vamos a decir que es "el sistema certificado por la STPS", porque ese certificado no existe.
Empieza antes de que sea obligatorio
Pruébalo 7 días gratis con tu equipo real. Así llegas a enero sabiendo cuántas horas se trabajan de verdad en tu negocio.
Probar gratis 7 días →Preguntas frecuentes
¿Ya se publicaron las disposiciones del registro electrónico de jornada?
No al 4 de octubre de 2026. Ese día la prensa informaba de que la STPS "alista" su publicación. Según la ley, entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027.
¿Mi pyme estará obligada a tener registro electrónico el 1 de enero de 2027?
Todavía no se sabe. La ley deja a la STPS decidir a quién aplica y con qué excepciones, y la STPS ha dicho que la implantación será paulatina y que empezará por las empresas grandes y medianas. Hasta que se publiquen las disposiciones no hay una respuesta segura.
¿Tengo que comprar un reloj checador?
No. La ley pide un registro electrónico, no un aparato concreto. La STPS ha dicho que no se meterá en especificaciones técnicas ni de formato. Puede servir un sistema en el celular, una tablet o la computadora.
¿De cuánto es la multa por no llevar el registro electrónico?
De 250 a 5,000 UMA para la persona empleadora obligada que incumpla, según la fracción IV Bis del artículo 994. Con la UMA de 2026 (117.31 pesos diarios) son de 29,327.50 a 586,550 pesos.
¿Habrá inspecciones desde enero de 2027?
La STPS descartó una cascada de inspecciones y dijo que los operativos se hacen al final, cuando han pasado los plazos de transición. Eso no cambia la carga de la prueba: si un trabajador te demanda, te toca a ti probar su jornada.
¿Qué significa que el registro electrónico haga prueba plena?
El artículo 132 reformado dice que el contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empleadora. Es decir, un registro aceptado por el equipo vale como prueba completa de la jornada. La ley no dice todavía cómo se acredita ese acuerdo.
Este artículo es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado laboralista o de tu contador.
Fuentes
- Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral. DOF del 1 de mayo de 2026, edición vespertina: artículos 132 fr. XXXIV y 994 fr. IV Bis, y transitorios Segundo, Cuarto, Quinto y Séptimo. Texto del decreto
- Ley Federal del Trabajo vigente, artículos 784, 804 y 805. Cámara de Diputados
- Valor de la UMA 2026, vigente desde el 1 de febrero de 2026. Comunicado del INEGI
- "STPS prevé implementación gradual del registro electrónico de la jornada laboral", entrevista de El Economista con Alejandro Salafranca, 28 de mayo de 2026. Yahoo Noticias
- "Explicador: ¿Cómo funcionará el registro electrónico de la jornada laboral en México?", El Economista, 16 de septiembre de 2026. Yahoo Noticias
- "De la biometría a la geolocalización: lo que se espera del nuevo registro electrónico laboral", Cadena Política, 4 de octubre de 2026. Cadena Política